viernes, 12 de agosto de 2016

Seguro de Personas

Es el seguro que cubre las riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

 
El seguro de personas comprende: 
  1. Seguro de Vida: aquel que tiene por objeto garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo, y en caso del fallecimiento sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización.
    El seguro de vida es el tipo de seguro que le garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento un resarcimiento económico a sus familiares directos o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios del mismo

    ... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/derecho/seguro-de-vida.php
    El seguro de vida es el tipo de seguro que le garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento un resarcimiento económico a sus familiares directos o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios del mismo

    ... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/derecho/seguro-de-vida.php
  2. Seguro de Accidentes Personales: aquel que tiene por objeto la prestación de indemnizaciones en caso de accidentes que motiven la muerte o la incapacidad del asegurado, a consecuenia de las acrividades previstas en la póliza. 
  3. Seguro Funerario: aquel que ampara los gastos incurridos por servicios funerarios y ofrece la asistencia requerida, en caso de fallecimiento de algún miembro del grupo familiar inscrito en la póliza.
  4.  Seguro de Hospitalización,Cirugía y Maternidad: aquel que tiene por objeto indemnizar al asegurado o a sus familiares dependiente inscritos en la póliza,siempre y cuando tales gastos se originen como consecuencia directa de enfermedad o accidente, de acuerdo a los límites y condiciones en ella establecidos.



 



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