jueves, 25 de agosto de 2016

Seguro de Vehículos

El asegurador se compromete a indemnizar por la perdida parcial o total que experimente el vehículo asegurado. Las primas son calculadas tomando en consideración el valor, el uso a que se destina el vehículo y el tipo de cobertura que se contrata.


El pago de la prima se efectúa de forma anual y por anticipado al inicio del contrato.



Coberturas

- Cobertura Básica: cubre perdida total del vehículo.
- Cobertura Opcional: cubre tanto perdida total como parcial del vehículo y sus accesorios.

Exclusiones

Cambio de propietario

Responsabilidad Civil de Vehículos

Este tipo de póliza ampara la responsabilidad que pudiera corresponder al propietario o conductor de algún vehículo asegurado, en caso de generar lesiones a terceros o daños a propiedades ajenas, que son causados con motivo de la circulación del carro y en la que el conductor es responsable de los hechos.

Una póliza de  RCV te permite cumplir con las leyes de la nación y te protege ante situaciones imprevistas, todo vehículo a motor debe estar amparado por una póliza de seguro de responsabilidad civil, para responder suficientemente por los daños que ocasione al Estado o a los particulares. Esto aplica igualmente para las motocicletas.


Coberturas


Estará en función de la tarifa y con la unidad tributaria vigente (6,5 U.T)

Exclusiones


Daños sufridos por los ocupantes y las cosas transportadas, cargándolas y descargándolas en el vehículo asegurado.

miércoles, 24 de agosto de 2016

Seguro de sustracción ilegitima


Es aquel mediante el cual el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a indemnizar los daños causados por un tercero por el robo de la cosa asegurada en cualquiera de sus modalidades. La cobertura también podrá comprender el daño causado por la comisión del delito de hurto. Este seguro es aplicable a Comercios, Industrias, Riesgos Residenciales e Institucionales, con o sin fines de lucro.

Este seguro esta compuesto por tres elementos de riesgo:

1. Robo: Obtención ilegitima del objeto asegurado haciendo uso de violencia.


2. Hurto: Obtención ilegal del objeto asegurado sin uso de la violencia y en ausencia de la victima.



3. Asalto: es el acto ilegal de apoderarse del objeto asegurado, bien sea con el uso de violencia y/o a mano armada.


Seguro de incendio


La aseguradora se obliga a indemnizar, dentro de los parámetros establecidos en la LAA y las condiciones de la póliza, los daños producidos al objeto asegurado producto de un incendio.


- Objeto asegurado: edificaciones, mercancías, maquinarias y equipos industriales, suministros, bienes muebles o inmuebles.

- Cobertura básica: incendio, rayo, explosión, humo.


viernes, 12 de agosto de 2016

 Seguro De Transporte

 El seguro de transporte es aquel por el cual una entidad se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercaderías.
Por consiguiente, dicho seguro ampara las mercaderías o deterioros a que se vean expuestas durante su transporte normal, es decir, cubre los riesgos o azares propios del transporte cuya causa debe hallarse fuera del control del asegurado. 
Dicho seguro es indispensable para la distribución de bienes y mercancías, como manera preventiva ante situaciones determinadas.

 Categorías del seguro de transporte:

  • Seguro Marítimo:
    Ampara los riesgos descritos en el contrato para proteger al asegurado de aquellos eventos que se produzcan en forma accidental como por ejemplo colisión con otro buque, una tormenta de mar, un choque contra un islote, la encalladura, los daños al cargamento por agua de mar, más no por el deterioro natural ni por las pérdidas inevitables.
  • Seguro Terrestre:
    Ampara los riesgos nombrados en el contrato que puedan sufrir los bienes transportados por esa vía.
  • Seguro Aéreo:
    Puede garantizar la cobertura por los riesgos y daños ocasionados en mercancías viajando por aire,bajo las siguientes coberturas robo total y/o parcial, riesgos ordinarios de tránsito, maniobras de carga y descarga, bodega a bodega, estadía, mojadura, oxidación, contaminación (contacto con otras cargas), rotura o rajadura, incendio, explosión.



Seguro de Personas

Es el seguro que cubre las riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

 
El seguro de personas comprende: 
  1. Seguro de Vida: aquel que tiene por objeto garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo, y en caso del fallecimiento sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización.
    El seguro de vida es el tipo de seguro que le garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento un resarcimiento económico a sus familiares directos o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios del mismo

    ... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/derecho/seguro-de-vida.php
    El seguro de vida es el tipo de seguro que le garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento un resarcimiento económico a sus familiares directos o en su defecto a aquellas personas que él mismo elija como beneficiarios del mismo

    ... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/derecho/seguro-de-vida.php
  2. Seguro de Accidentes Personales: aquel que tiene por objeto la prestación de indemnizaciones en caso de accidentes que motiven la muerte o la incapacidad del asegurado, a consecuenia de las acrividades previstas en la póliza. 
  3. Seguro Funerario: aquel que ampara los gastos incurridos por servicios funerarios y ofrece la asistencia requerida, en caso de fallecimiento de algún miembro del grupo familiar inscrito en la póliza.
  4.  Seguro de Hospitalización,Cirugía y Maternidad: aquel que tiene por objeto indemnizar al asegurado o a sus familiares dependiente inscritos en la póliza,siempre y cuando tales gastos se originen como consecuencia directa de enfermedad o accidente, de acuerdo a los límites y condiciones en ella establecidos.



 



lunes, 8 de agosto de 2016



 



Seguros
Seguro es sinónimo de protección y amparo, siendo un medio para la cobertura de riesgos.

La actividad aseguradora se ha ido desarrollando desde hace cientos de años como consecuencia de la búsqueda de la seguridad ante cualquier evento imprevisto. Pueden ser objeto del seguro toda clase de daños y pueden por consiguiente, disfrutar de esa garantía todas las propiedades y las personas.

Tipos de Seguro   
 

- Público                                            - Privado                                                                    

De carácter obligatorio                                                    De carácter opcional 

                            Persona Natural- Persona Jurídica

-Está regido por la Ley                                       -  No existe una ley que lo exija

Ley de Seguro Social Obligatorio (2008)

Coberturas tales como pensiones de vejez,

Incapacidad permanente o temporal, entre otras



Clasificación

- Personas                                               -  Patrimonial

                                                      

HCM/HC                                               Vehículos -RCV

Accidentes personales                           Seguro de incendio

Servicio funerario                                 Seguro de transporte

Seguro de vida                                     Seguro de ramos técnicos



Todo administrador dentro de su rol debe identificar, analizar, evaluar y controlar los efectos adversos de los riesgos a los que está expuesta una empresa, con el propósito de evitarlos y/o reducirlos.